Presentada ante la Comisión Europea la denuncia contra la «ley Uber» de Ayuso (ley 5/2022 de 27 de Septiembre modificaba la ley de Ordenación y Coordinación de los Transportes Terrestres Urbanos de la Comunidad de Madrid), pero también la Ley 11/2023, la Comunidad de Madrid, que modifacaba la modificación anterior (suena a coña), contrarias a los artículos 107.1 y 108.3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, por los siguientes motivos:
1. Las vtcs que hay en España son autorizaciones estatales concedidas por el estado Español, que únicamente habilitan para realizar servicios que discurran entre diferentes comunidades autónomas. Para que un vehículo VTC pueda realizar transporte dentro de una Comunidad Autónoma, deberían haber creado unas nuevas autorizaciones autonómicas y municipales, las cuales deberían someterse a la contigentación del 1/30 que aun hoy viene redactada en la ley española (1 vtc por cada 30 Taxis). Haciéndolo así, en Madrid habría 590 VTCs y no las 8.000 que actualmente están operando. Lo que hizo la Comunidad de Madrid es regular unas autorizaciones sobre las que no tiene competencias al ser estatales, y permitirles operar en un suelo en el que tampoco tiene competencias como es el transporte urbano municipal. De esta manera no solo les regalaba un mercado en el que operar (violando así el principio de igualdad), sino también los millones de euros que deberían haber ingresado las arcas públicas en concepto de tasas autonómicas por todas las autorizaciones que debería haber creado y no creó, para que hubiese VTCs operando en la Comunidad de Madrid. Esta ayuda de estado la regalaba introduciendo la Disposición Adicional Cuarta de la le Ley 20/1998 de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid.
2. Regalo también de las tasas municipales que no han tenido que pagar en cada uno de los municipios de la Comunidad de Madrid (179), al permitirles operar en todos ellos. (600 euros × 8.000 vtcs)
3. EXENCIÓN SANCIONATORIA: Lo que ha permitido a las VTCs operar como Taxis sin ninguna consecuencia y por tanto ejercer como Taxis sin pagar ninguna tasa ni licencia. (600 euros multiplicados por las 8.000 vtcs estatales domiciliadas en la Comunidad de Madrid)
4. BLINDAJE DE LAS VTCs nacionales domiciliadas en la Comunidad de Madrid: cerrando el mercado para que nadie más pueda solicitarlas. Lo que supone unas Ayuda de Estado estimadas en decenas de millones de euros.
5. Con la Ley 11/2023, la Comunidad de Madrid le quita las competencias en Transporte Discreciomal de Viajeros en vehículos de menos de 9 plazas, a todos los municipios que conforman la Comunidad de Madrid (incluida la Ciudad de Madrid). Y con esta acción, después de haberles regalado la autorización autonómica sin pagar las tasas correspondientes, a determinadas personas y empresas ya señaladas a dedo, regala también así, definitivamente, todas las autorizaciones municipales de cada uno de los municipios de la Comunidad de Madrid (179 municipios). Por tanto les regala así los 51.552.000 euros que aproximadamente costarían las 170 autorizaciones municipales (36 euros cada una), multiplicadas por las 8.000 vtcs estatales domiciliadas en la Comunidad de Madrid, beneficiados de estas Ayudas de Estado.
6. A través de esta misma Ley 11/2023, se introduce un supuesto régimen sancionador que no se puede aplicar por ser ilegal, al vulnerar el artículo 25.1 de la Constitución Española, con la clara intención de contentar a los Taxistas haciéndoles creer la redacción de una ley para protegerles que posteriormente nunca podrá ser efectiva por ser inconstitucional. Regalándoles así los 4.800.000 euros que costarían las licencias de Taxi para todos las vtcs estatales domiciliadas en la Comunidad de Madrid y beneficiadas por esta ayuda. (600 euros por cada una)
7. A sabiendas de que la contingentación entre Taxis y vtcs del 1/30, estaba ya a punto de caer en Europa, en la ley 11/2023, modificando el artículo 14.2, dejándolo redactado así : « No obstante lo previsto en el párrafo anterior, el órgano competente para el otorgamiento de las autorizaciones, a los efectos de preservar el desarrollo equilibrado de las distintas formas de transporte de viajeros en vehículo turismo, denegará el otorgamiento de nuevas autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, en atención al número de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor otorgadas por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, junto con las estatales habilitadas para prestar servicios urbanos existentes, al número de autorizaciones para realizar transporte de viajeros en automóviles de turismo domiciliadas en la Comunidad de Madrid y al conjunto de la población cuyas necesidades de movilidad debe garantizar, constando esta motivación en el procedimiento».” estancando así de nuevo el mercado e impidiendo la entrada de nuevos operadores Europeos.” De esta manera, aunque la contingentación de 1 vtc por cada 30 taxis ha sido declarada ilegal según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, establece exactamente la misma contigentación pero en base a lo que a la Comunidad de Madrid le da la gana, sin haber realizado un estudio previo con su correspondiente informe, para explicar y demostrar que se trata de una cuestión de interés general. La cuestión aquí es que todas las ayudas de Estado siempre son en el beneficio de las mismas empresas y no solo cerrándoles el mercado para evitar la entrada de nuevos competidores europeos, sino haciendo que las administraciones dejen de ingresar decenas y decenas de millones de euros, en perjuicio, una vez más, de Europa.
INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 47 DE LA CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA
“Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa y públicamente y dentro de un plazo razonable por un juez independiente e imparcial, establecido previamente por la ley.”
LEY 5/2022 DENUNCIADA POR UN GRUPO DE TAXISTAS, POR CONSIDERAR QUE INCUMPLE EL ARTÍCULO 107.1 Y 108.3, DEL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA (PETICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES PREVIAS A DEMANDA DE COMPETENCIA DESLEAL el 28-10-2022)
La denuncia se presentó el 28-10-2022 ante el Decanato de los juzgados de lo mercantil de Madrid, para que conociese del asunto aquél juez al que por turno de reparto correspondiese. Posteriormente el Decanato atribuyó su conocimiento al Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid.
RECUSADA LA JUEZA AMAGOIA SERRANO, ENCARGADA DE JUZGAR ESTE ASUNTO
Sin embargo, en aplicación de las Normas de Reparto de asuntos entre los juzgados de lo mercantil de la ciudad de Madrid, el conocimiento de la presente causa no corresponde, en absoluto, al Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid. Con anterioridad a estos hechos, el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid (en adelante, JM1M) viene conociendo de la demanda de competencia desleal presentada por taxistas profesionales, contra algunas de las futuras demandadas en la presente solicitud de medidas cautelares. Esta demanda se formuló hace 4 años. Sin embargo, pese al tiempo transcurrido, dicho JM1M, ni ha convocado a las partes a la audiencia previa correspondiente, ni ha admitido a trámite debidamente la demanda formulada, y es ahora hace escasos 2 meses (debido a la presión que hemos metido), cuando por fin ha acumulado bajo su conocimiento ulteriores demandas, que vienen tramitándose en otros Juzgados de lo Mercantil de Madrid, pese a que su conocimiento corresponde al JM1M. Durante el período comprendido entre el día 25 de julio de 2019 y el día 5 de marzo de marzo de 2021 el anterior Magistrado del mismo juzgado, no impulsó en absoluto el conocimiento de dicha demanda de competencia desleal. Por esta razón, algunos taxistas profesionales demandantes tuvieron que formular querella criminal contra este magistrado. Esta causa penal, TAMBIÉN se halla actualmente pendiente de resolver.
Posteriormente hubo que formular un escrito haciendo constar que la nueva denominación de una de empresas demandadas, GESTAXI, pasó a ser AURO NEW TRANSPORT. La jueza ahora recusada, Amagoia Serrano, sorprendentemente respondió que el demandado dejaba de ser demandado por haber cambiado de nombre. Hasta donde yo entiendo, tanto la lógica como mis escasos conocimientos jurídicos, me indican que cuando un demandado cambia de nombre o denominación, no deja de ser demandado.
Esta recusación acerca de esta petición de medidas cautelares, fue presentada en el mes de Diciembre. Acaba de resolverse la semana pasada, respondiendo cosas que nada tienen que ver con lo denunciado, y aún estamos a la espera de que nos respondan acerca del turno de reparto aplicado, el cual ha sido totalmente contrario a las normas establecidas, las cuales indicaban que ni este juzgado ni esta señora, eran los que debían juzgar este asunto.
HAN PASADO 9 MESES DE LA PETICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES URGENTES, Y 4 AÑOS DE LAS ANTERIORES DEMANDAS, Y NADIE MUEVE UN SOLO DEDO
Por todo lo aquí expuesto, también apelamos al Artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el cual establece que
“Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa y públicamente y dentro de un plazo razonable por un juez independiente e imparcial, establecido previamente por la ley.”
Por ello, ruego a la Comisión Europea, incoen Expediente URGENTE sobre este asunto para defender así los derechos más fundamentales establecidos por la Unión Europea y que afectan directamente, en este caso, a más de 70.000 familias españolas.
DENTRO DE POCO, TÚ TAMBIÉN PODRÁS Y DEBERÁS DENUNCIAR
En los próximos días os facilitaremos toda la documentación necesaria y os explicaremos cómo ejercer vuestro derecho como ciudadanos europeos. Os lo dejaré todo hecho para que únicamente tengáis que rellenarlo con vuestros datos personales y podáis enviarlo tanto vosotros como vuestros familiares y amigos. No es necesario ser taxista y NO TIENE NINGÚN TIPO DE RESPONSABILIDAD pues se trata de un escrito a la Administración Pública Europea, no de una denuncia en un juzgado. Se trata de poner el foco de Europa en la Comunidad de Madrid inundando su despacho de mails y de papeles (recomendable realizar la denuncia tambié por correo ordinario)
ATENTOS LOS PRÓXIMOS DÍAS !!