Todas las leyes que incumplen los carteles luminosos de Cabify

Los polémicos carteles luminosos de Cabify son ilegales tanto en materia de transporte como de tráfico.

La DGT prohíbe expresamente “instalar más focos o dispositivos luminosos de los que ya lleva e indica la ley de tráfico”

Y vamos más allá, pues incluso es una pregunta de examen del carnet de conducir como se puede ver en los test de PracticaTest en los que además te dan la solución y la explicación.

El incumplimiento de esta ley básica de tráfico, nos lleva y nos enlaza al incumplimiento de las siguientes en materia de transporte.

Reglamento de Ordenación de Transporte Terrestre (ROTT)

Artículo 182.4 del Reglamento de Ordenación de Transporte Terrestre (ROTT)

“Los vehículos dedicados a la actividad de arrendamiento con conductor no podrán llevar signos externos de identificación que induzcan a confusión con la actividad de los taxis”, por ende, ya que únicamente los Taxis están por ley habilitados a llevar carteles luminosos, si un vtc lleva un cartel de características similares, estará induciendo a la confusión con el servicio del Taxi. Y el incumplimiento de este punto 4 del artículo 182 nos lleva a su vez al incumplimiento de lo siguiente:

Artículo 182.1 del Reglamento de Ordenación de Transporte Terrestre

Si llevar un cartel luminoso es ilegal según la dgt e induce a la confusión con el servicio del Taxi según el ROTT, todo ello implica que ese vehículo, de manera visual se encuentre “propiciando la captación de viajeros que no hubiesen contratado previamente el servicio”

Desde el departamento de Taxistas Denuncian de Plataforma Caracol, estamos denunciando ante la administración a los vehículos vtc que llevan instalados estos carteles, a través de las fotografías que podréis enviar a taxistasdenuncian@gmail.com, siguiendo siempre el siguiente protocolo.

Protocolo de taxistasdenuncian@gmail.com

Desde Plataforma Caracol queremos daros muchas gracias a todos por vuestra colaboración.