Tras consultar con nuestros abogados os informamos de lo siguiente: En el día de hoy hemos sabido que el tribunal supremo admite a trámite un recurso de Cabify que habla de «reforzar, completar, matizar o corregir» su propia sentencia de 2018 que respaldó la ratio de 1 VTC frente a 30 de taxis. Dicho recurso, lo que viene a decir es que faltaba pronunciarse sobre si esa limitación es acorde a lo que dice la Unión Europea. (Según Cabify no). El Alto Tribunal entiende que en ese pronunciamiento de hace tres años no fijó posición sobre las implicaciones que sobre esa ratio tendría la normativa europea. En aquel momento, según asegura el auto judicial al que ha tenido acceso el periódico La Información, no se analizó si respetaba la libertad de establecimiento de las empresas o si suponía una ayuda de estado al sector del taxi en base al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Y es por eso que debe admitirlo porque efectivamente, no se contempló en su día.
El siguiente pantallazo pertenece a la misma noticia, leedlo con atención:
La misma noticia recuerda que «en el pasado mes de enero, el TSJ de Cataluña trasladó una cuestión prejudicial al organismo europeo planteando las mismas cuestiones». Lo que no dice la noticia, es que esto ya se resolvió y les dieron pomada al confirmarles que ese asunto es cuestión del Estado Español, como podéis ver en este otro pantallazo de cuando se resolvió todo aquello.
Por tanto no os preocupéis porque admitan a trámite esto, pero no pueden decir lo contrario a lo mismo que ya han dicho hace menos de 2 meses (Mayo de 2021). La admiten a trámite porque es cierto que cuando se dictó esta sentencia, no se pronunciaron sobre si está acorde a la legislación europea.
Tened claro que la Unión Europea no puede extralimitarse en el transporte de menos de 9 plazas y lo deja a criterio de los estados miembros. Lo que sí es competencia de Europa es el transporte de más de 9 plazas y de mercancías de más de 3.500 kg. El transporte urbano, no lo acoge ni la directiva de servicios europea ni los reglamentos comunitarios, sino que lo deja a libre criterio de cada país. Por tanto no temáis nada porque la admisión a trámite de esto, en principio no significa nada.
NUESTRÁ HIPÓTESIS DEL ¿POR QUÉ?
Nosotros podemos tener nuestras teorías o hipótesis sobre a qué puede deberse esto después de que la misma Cabify se opusiera en su día a tumbar el 1/30 (a pesar de que por debajo pidieran más de 70.000 por si acaso lo abrían…) Y es que creemos que los tiros van por otro lado y no porque quieran cargarse el 1/30… (que ni quieren ni pueden). Están llegando las demandas patrimoniales que hemos interpuesto contra el gobierno cientos de compañeros y se acerca el cumplimiento del decreto Ábalos, por lo que sospechamos que ante el aluvión de indemnizaciones millonarias que le viene encima al estado, intenten hacerlas menos cuantiosas y sangrantes, haciendo cumplir el RDL de Ábalos, pues si no se enfrentarían a indemnizaciones aún más grandes. Y que por ello quizá Cabify esté intentando buscar una vía de escape al car-sharing de cara al coche autónomo y mutar sus autorizaciones consiguiendo algo presuntamente acordado en la próxima sentencia… Y entonces volveremos a demandar… está todo previsto…