La sala de lo contencioso administrativo sección tercera del Tribunal Supremo, dicta sentencia con fecha 10 de octubre de este año y desestima el recurso contencioso-administrativo nº 429/2021 interpuesto por José Andrés Díez, en representación de la ASOCIACION PROFESIONAL DE LA MOVILIDAD COMUNIDAD VALENCIANA (asociación de vtcs creada para tener más figuras con las que dar por culo) contra el Real Decreto 785/2021, de 7 de septiembre, sobre el control de la explotación de las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor (la web de control vaya); con imposición de las costas a la parte recurrente en los términos señalados en el fundamento jurídico noveno.
Es muy importante esta sentencia pero no por lo que juzga en sí, sino porque nos da armas muy potentes para batirnos en otros pleitos que ya hay abiertos, en otros que están a punto de abrirse, y porque también nos deja ver lo que parece una clara intención del supremo de defender a lo que ellos mismos llaman «un servicio de interés general al que hay que proteger» (taxi)
La sentencia completa la pongo enlazada al final de esta publicación para que se la baje quien quiera, pero os dejo subrayados algunos de los puntos más importantes.
Empieza fuerte… «alambicado» significa complicado… rebuscado… Todo un tribunal supremo que tienen de todo menos de tontos, le dice literalmente a José Andrés Díez que es alambicado y difícil de leer… difícil de entender… pero que ellos van a intentar introducir algo de orden y claridad en todo lo que ha dicho. ¿Traducción al lenguaje de los mortales?: «prepárate, porque nos has tomado por idiotas intentando vendernos una mierda envuelta en papel de regalo, una basura de demanda adornada con un lenguaje rimbombante para que pareciese algo, y ahora te vamos a dar más hostias que pelos tienes en la cabeza…»
El Supremo vuelve a dejar claro que las autorizaciones vtc son de ámbito estatal y que por tanto es competencia del estado… Todo esto nos va a venir muy bien con Ayuso y en todas las demandas patrimoniales
El Supremo deja claro que pretende proteger la diferenciación entre el sector del Taxi y la vtc, por tratarse de un servicio fuertemente regulado y de INTERÉS GENERAL.
Podría decirse que el pantallazo anterior es donde más intentó pasarse de listo y donde más le humillaron… Pues intentó vender la moto de que no podían realizar el control de servicios en la web de control porque hay veces que no hay cobertura de Internet o las líneas están saturadas, y le recuerdan que ha sido él mismo el que en su escrito ha dicho lo guay que son las apps xq te traen un coche en minutos… Le vienen a decir que no sea tan listo porque si no hubiera Internet para registrar el servicio en Fomento, significaría que tampoco habría Internet para que le entrase un servicio por Internet así que no habría ningún problema 🤣🤣🤣.
La sentencia deja bien claro que lo único que pretende la parte demandante es que le desregulen y le dejen hacer lo que les de la real gana.
En este último pantallazo que os paso hacen alusión a la sentencia del 1/30 y todo parece que indicar que su voluntad es mantener la misma línea.
Se ha llevado un buen lavado de cara el traidor… Seguiremos informando 💪